La Federación asume como misión fundacional cautelar y desarrollar los derechos fundamentales de los trabajadores, especialmente los de la Libertad Sindical y de la Negociación Colectiva consagrados en los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo. Asimismo, fomentar los principios de la solidaridad, de la justicia social y de la democracia sindical. A este efecto fija como sus objetivos prioritarios los siguientes:
A) Coordinar y proyectar armónicamente la acción que desarrollan los sindicatos afiliados, debiendo realizar las actividades que le faculte la ley y encauzar los intercambios de cooperación nacional e internacional con organizaciones sindicales y organismos nacionales o internacionales afines a los intereses de sus trabajadores representados;
B) Apoyar a los afiliados en las diversas instancias de la negociación colectiva, a requerimiento del o los Sindicatos involucrados;
C) Suscribir conjuntamente con los Sindicatos involucrados en la respectiva negociación los instrumentos colectivos de trabajo que correspondan. Velar por su cumplimiento y hacer valer ante Codelco y/o ante las autoridades administrativas o judiciales los derechos y obligaciones que de ellos emanen;
D) Velar por el cumplimiento de las leyes del trabajo y de la seguridad social. Denunciar las infracciones ante las autoridades administrativas o judiciales. Actuar como parte en los juicios o reclamaciones que den lugar a la aplicación de multas u otras sanciones;
E) Actuar como parte en los juicios o reclamaciones de carácter judicial o administrativo que tengan por objeto denunciar prácticas antisindicales o desleales en la negociación colectiva, especialmente las conductas tipificadas en los artículos 289, 291, 387, 388 y 478 del Código del Trabajo;
F) En general, asumir la representación del interés social comprometido por la inobservancia de las leyes de protección establecidas a favor de sus afiliados, conjunta o separadamente de los servicios estatales respectivos;
G) Canalizar iniciativas y propuestas de integración transversal entre las organizaciones sindicales de las distintas Divisiones y la Corporación del Cobre, especialmente a través de los Protocolos del Proyecto Común de Empresa (PCE), instrumentos complementarios y otros análogos vinculantes;
H) Representar los intereses generales de los trabajadores de las organizaciones afiliadas mediante suscripción de actas, acuerdos o protocolos, ante Codelco, los poderes públicos y organizaciones sociales y culturales del país. En el nivel internacional esta función se extenderá a organismos sindicales, empresariales gubernamentales y no gubernamentales y, especialmente, a la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y demás organismos de representación internacional;
I) Abocarse a otros objetivos que permitan sus estatutos y que se inserten dentro de los fines propios de la Fesuc y de las necesidades de sus organizaciones de base, siempre que no sean contrarios a la Constitución Política de la República de Chile o a la legislación vigente.