Justicia reconoce mal uso del 161
En un contundente fallo, citado incluso por medios de prensa que responden a los intereses de los empresarios, la Corte de Apelaciones de Concepción, ratificó lo resuelto en primera instancia respecto a la pertinencia de la aplicación del despido por la causal del art. 161 del Código del Trabajo, conocida como “necesidades de la empresa”.
Este tristemente célebre artículo 161 ha sido utilizado ampliamente por parte de las empresas, y la minería también ha sido protagonista de ello, pese a las cuantiosas utilidades que muestran especialmente las grandes empresas, ya sean estas privadas como la estatal CODELCO.
Por ello, es que este fallo mejora el escenario judicial para los numerosos juicios que se llevan adelante por el mal uso de esta causal, y debiera hacer un llamado a la reflexión por parte de las empresas acerca de la razonabilidad en el uso que hasta ahora han hecho de este artículo.
A su vez, el diálogo y la construcción de acuerdos con las organizaciones que representan a las y los trabajadores mineros, debiera abrirse paso como el mecanismo más racional y coherente con las transformaciones que la industria seguirá llevando adelante para mejorar su competitividad.
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